La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó un procedimiento de protección presentado por el abogado Luis Mariano Rendón contra el ministro de Defensa Doméstico y del comandante en Patrón de la Armada de Pimiento, Julio Leiva, por la negativa a retirar una estatua del exalmirante José Toribio Merino que se encuentra en el Museo Naval de Valparaíso.
La instancia del mayor tribunal confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, por lo que la efigie del antiguamente ingrediente de la Acoplamiento Marcial de la dictadura se mantendrá en el ocupación.
La sala estuvo integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco y Leopoldo Llanos, y los abogados integrantes Pedro Pierry y Julio Pallavicini.
Los argumentos
Rendón fundó su procedimiento en que estimó vulnerada su seguro del artículo 19 de la Constitución numeral 1, señalando que “la omisión de retirar el monumento en homenaje a uno de los jerarcas de la dictadura militar que impulsó una política sistemática de violación a los derechos humanos, que afectó en lo personal al recurrente constituye una perturbación permanente a su derecho a la integridad síquica”.
Sin requisa el tribunal de apelación citadino recordó en su sentencia que “la acción deducida no puede prosperar, ya por extemporánea, ya por tratarse de una decisión de mérito de la Administración del Estado” y recuerda que la estatua fue instalada efectivamente en el año 2002, en un perfectamente de carácter fiscal sin que fuera necesario contar entonces con las autorizaciones de la Ley de Monumentos Nacionales, por lo que la Contraloría Genérico de la República consideró que su instalación no vulneró ley alguna.
Entregado que la instalación de la estatua no vulneró normas legales, el error estimó que negarse a retirar la estatua siquiera pareció vulnerar precepto justo alguno.
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